¿Debo abonar la cláusula de permanencia?
Trabajo con un contrato de obra y servicio hasta el fin del proyecto. Tengo una cláusula de permanencia de un año, con una penalización de 6.000 euros. He anunciado que dejo la empresa y me indican que debo abonar la cláusula. ¿Es legal esta cláusula?
La cláusula debe fundarse en causa suficiente y reunir unos requisitos mínimos de proporcionalidad o equilibrio de intereses.
Es a la empresa a quien incumbe probar que la formación ha supuesto realmente una auténtica especialización profesional que, por una parte, redunde en un plus de cualificación respecto de la que corresponde habitualmente a la función laboral contratada, permitiéndote mayores facilidades de colocación en el futuro; y, por otra, que tu marcha anticipada origine un perjuicio sin haber resarcido a la empleadora del esfuerzo que le ocasionó.
Parece que la formación que se te otorgó fue la inicial común en toda empresa, que no justifica la imposición de un pacto de permanencia. Aparte de que la cuantía a abonar, pueda ser desproporcionada en atención a tu situación laboral y salarial.












